La contabilidad ha significado cosas diferentes dependiendo de la época, de los paradigmas, y del pensamiento del investigador; hemos pasado del paradigma del patrimonialismo de Vicenzo Masi, al paradigma de la utilidad para los usuarios en la toma de decisiones[3].
Sin embargo, si afirmamos que un proceso contable tiene por objetivo reconocer hechos económicos, medirlos, clarificarlos y posteriormente revelar información sobre el hecho económico en cuestión, entonces deberíamos hacer el siguiente análisis en relación con la tributaria:
- Reconocimiento. El estatuto tributario debe establecer claramente cuando una partida (activos, pasivos, ingresos, costos y deducciones) debe ser declarada en los formatos tributarios establecidos.
- Medición. El estatuto tributario debe establecer el valor patrimonial de las partidas las cuales deben declararse en el formulario de renta respectivo.
- Clasificación. El estatuto tributario debe determinar las clases en las cuales se divide la información en las declaraciones tributarias (activos fijos, efectivo y otras inversiones, renta exenta, INCRNGO, etc.).
- Revelaciones. La información exógena y el formato 1732 podrían ser ejemplos de revelaciones especiales que deben cumplir los declarantes de renta.
En este orden de ideas, y contrario a mi gusto, podríamos llegar a la conclusión que la contabilidad tributaria en Colombia debe seguir existiendo con la llegada de las NIIF, lo cual obliga a que el software financiero se adapte a la visión de los dos libros (ledger) en los cuales pueda reposar la información financiera (libro principal) y la información para realizar declaraciones tributarias (libro secundario).
Debemos recordar que la información financiera es sustancialmente diferente a la información tributaria, no deberían ser iguales, cada una tiene un propósito diferente y como tal no puede una influenciar sobre la otra, en especial los preceptos tributarios no deben primar nunca en la elaboración de información financiera.
Damas y caballeros, la información financiera y la información tributaria no son hermanas, ni primas, ni mucho menos la tributaria es la mamá o el papá de la información financiera; el que hayamos vivido en esa situación durante tanto tiempo obliga que cambiemos el paradigma e ingresemos a uno nuevo: “EL DE LA INDEPENDENCIA ENTRE LA INFORMACIÓN FINANCIERA Y LA TRIBUTARIA”.
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